viernes, 19 de septiembre de 2014

CONTABILIDAD 9º

Bienvenidos

Mediante este blog les ayudare para que no se les dificulte el aprendizaje en el área de contabilidad y también podre ayudar a responder las diferentes dudas que tengan sobre dichos temas a tratar.
En esta ayuda de aprendizaje vamos a tratar LAS CLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS, Brindaremos también mayor claridad sobre los siguientes temas como lo son: LA PARTIDA DOBLE, RETENCIÓN EN LA FUENTE y EL IMPUESTO A EL VALOR AGREGADO (IVA).



Conceptos De Cada Uno De Los Impuestos


¿QUE ES EL IVA?

El I.V.A. es el Impuesto al Valor Agregado. Es un impuesto que le paga al Estado cada vez que se compra la mayoría de los productos, y esto es así porque hay determinados bienes y servicios que la ley exime de pagar en alguna o todas las etapas de comercialización. Por ejemplo la edición de libros, los folletos, los diarios, el pan común, la leche sin aditivos, etc. Esto lo dispone el Estado a través de un organismo oficial (A.F.I.P. => Administración Federal de Ingresos Públicos).

Todos los comerciantes y en general todos los trabajadores autónomos (los que trabajan por su cuenta y no en relación de dependencia) tienen asignado un número de C.U.I.T. (clave única de identificación tributaria).
De acuerdo a la ley de I.V.A. los Sujetos que figuran en la misma son:

Responsable Inscripto: son aquellos sujetos que deben presentar mensualmente su Declaración Jurada, ya sea porque se adhiririeron voluntariamente o porque sus ingresos superan los $200.000 anuales (prestación de servicios) o $300.000 anuales (demás activicades).
Monotributistas: son aquellos sujetos que no están obligados a presentar mensualmente su Declaración Jurada, ya que sus ingresos no superan los $200.000 anuales (prestación de servicios) o $300.000 anuales (demás actividades).
Sujetos Exentos: son aquellos sujetos que si bien podrían ser Responsables Inscriptos o Monotributistas, es la misma ley que los exime expresamente de toda responsabilidad.
Sujetos no Responsables: son aquellos que no encuadran en las categorías anteriores.
Consumidor Final: la ley establece que son aquellas Personas Físicas (seres humanos) que van a destinar los bienes y servicios que adquieren para su consumo personal, no para revenderlos.

La alícuota (tasa) general es del 21%. Pero hay bienes o servicios que están gravados a otras tasas (ejemplo la venta de productos primarios están gravados al 10,50% mientras que el servicio de telefonía está alcanzado al 27%).

Tarifa general: Se aplica la tarifa general a todos los bienes y servicios que no se encuentren expresamente excluidos, exentos o sometidos a las tarifas diferenciales o especiales. La tarifa general del impuesto sobre las ventas es 16% del precio de venta de los artículos que se vendan y de los servicios que se presten. En este valor deben incluirse aquellos gastos necesarios para realizar la venta como fletes (transporte), gastos financieros y otros liquidados en la factura.



¿QUE ES LA RETENCIÓN EN LA FUENTE?


Es un mecanismo empleado por el Estado para recaudar en forma anticipada el impuesto de sobre la renta. Consiste en obligar a quienes realizan pagos por compras de mercancías o servicios a que le retengan un porcentaje señalado por la ley al beneficiario del pago, y posteriormente consignarlo a favor del Estado, a través de los bancos.
El porcentaje de la retención en la fuente es del 3.5% en compras de mercancías, 1% en fletes, 11% en honorarios y comisiones.

Contabilización de la Retención en la Fuente: La entidad que recibirá el pago por la venta es a quien se le retiene, pues la retención para el vendedor equivale a un pago anticipado del impuesto de renta. El valor que le retienen por sus ventas lo debe contabilizar mediante un registro débito en la cuenta”1355 Anticipo de impuestos y contribuciones o saldos a favor”.
Todas las retenciones que le practicaron en el año gravable se acumulan en esta cuenta y a 31 de diciembre el saldo que muestre se puede descontar del Impuesto de Renta que tenga por pagar. La entidad que compra, encargada de pagar el valor de la transacción, es quien tiene la obligación de retener en la fuente. Consignará en los bancos autorizados, el saldo correspondiente al valor total recaudado mensualmente por concepto de retención en la fuente; lo hará al inicio del mes siguiente, de acuerdo a las fechas establecidas en el calendario tributario, teniendo en presente el último dígito del NIT. El valor cobrado lo debe contabilizar con un registro crédito en la cuenta “2365 Retención en la fuente”.


¿QUE ES LA PARTIDA DOBLE?


Se llama partida doble al movimiento contable que afecta a por lo menos dos cuentas, movimiento que representa un movimiento deudor y un movimiento acreedor. La partida doble es la esencia de la Contabilidad actual y parte integral de la Ecuación patrimonial
La partida doble se basa en que todo hecho económico tiene origen en otro hecho de igual valor pero de naturaleza contraria, como por ejemplo; cuando se presta dinero, el que recibe debe y el que entrega tiene. Las cosas no surgen de la nada, cada valor es el resultado de una acción u hecho económico. Cuando recibo dinero por una venta, debo también despojarme de un bien, debo entregar algo a la otra parte que me entrega un dinero.
Esto explica dos de los principios básicos de la partida doble:
“Quien recibe debe a quien entrega”
“No existe deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor”
Claro esta que estos principios no son tan obvios en todos los casos como por ejemplo en movimientos internos de la empresa en los que se retira efectivo de la caja para consignarlo a un banco; en esta caso se cumple otro de los principios elementales de la partida doble que señala que: una cuenta da al tiempo que otra cuenta recibe, dándose la contrapartida, como característica propia de la partida doble, puesto que sin esta no podría existir equilibrio. No pueden haber un movimiento que solo afecte cuentas de una misma naturaleza. Si una cuenta se afecta en su lado positivo, la otra se debe afectar en su lado negativo.
La partida doble se compone de una cuenta, la cual debe tener un nombre, un código y un valor negativo y otro positivo. El valor negativo corresponde a un crédito y el valor positivo corresponde a un debito.



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